Cualquier herencia, sea del tipo que sea, tiene unos impuestos correspondientes para poder tramitarla, ser adjudicada y recibirla. Una vez como heredero, ya sea testado o intestado, le sea adjudicada la parte que le corresponde de la herencia total deberá pagar el llamado Impuesto de Sucesiones.
Se tomará como residencia fiscal aquella en la que el fallecido haya pasado sus últimos cinco años y la tributación variará en virtud de si la sucesión es entre parientes o gente de fuera de la familia,
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