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Protección de obras musicales en México

El presente artículo se ha redactado considerando las leyes mexicanas en derechos de autor. Si resides en otro país, recomendamos consultar el marco legal de éste. También puedes enviarnos tu consulta, que puede responderse por privado o publicarse aquí en TIPS para ayudar a otros creadores con la misma duda.

Aspectos a considerar en la protección de obras musicales

Se consideran «obras musicales» tanto el conjunto de una melodía con la letra de una canción como solamente la melodía. Esto nos lleva a hablar que tanto los compositores de música como los que escriben las letras tienen derechos de autor sobre sus creaciones.

La expresión artística en forma de música se encuentra protegida por leyes de derechos de autor en la mayoría de los países. Respecto a México, la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) proporciona las bases para la protección, trámite y gestión de los derechos de autor y patrimoniales de obras musicales en el país.

El registrar una obra musical no es una obligación para los autores, pero siempre es recomendable, ya que el registro proporciona una evidencia clara de la autoría de la obra y de los derechos de autor asociados. De igual forma auxilia al momento de explotación de los derechos patrimoniales de la obra. Puede ser fundamental en caso de disputas legales o reclamaciones de derechos. Como se dice coloquialmente: en caso de problemas.

Cómo proteger obras musicales en México

En México, la autoridad que lleva acabo el servicio de registro de obras musicales se llama Instituto Nacional del Derecho de Autor bajo las siglas INDAUTOR. Su principal función es salvaguardar los derechos de los autores, artistas intérpretes o ejecutantes, productores, editores, y cualquier persona que tenga derechos sobre obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) en México.

En cuanto a registrar tus obras musicales en SafeCreative, esta opción también es válida. Registrar tus obras musicales con o sin letra en SafeCreative contribuye a proteger tus derechos como creador, añadiendo elementos de reforzamiento de forma rápida, sencilla y en línea. Simplemente:

  1. Accede o crea tu cuenta en https://www.safecreative.org/es
  2. Ve a «Registrar».
  3. Sube el fichero en donde se encuentra almacenada tu obra musical.
  4. Completa los datos de la obra.

Otro aspecto a considerar es la protección con la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM). Esta entidad que tiene el objetivo de representar y auxiliar a los compositores y letristas a la hora de proteger y administrar sus derechos de autor. La SACM ofrece el servicio que incluye la negociación de licencias de uso, la recaudación de regalías y la distribución de ganancias a los titulares de derechos.

Contratos, licencias de uso y compensaciones

Una vez que estás convencido de tener protegida tu obra musical, pasamos a un tema muy interesante: ¿cómo hago para que mi obra genere dinero? ¿Cómo puedo autorizar para distribuir mi obra? Es importantísimo tener claro que le pertenece el derecho patrimonial al autor de las obras musicales, de explotarlas de manera exclusiva o existe la opción de autorizar a terceros su explotación.

Los autores podrán autorizar o prohibir mediante contratos de licencia de uso o transmisión de derechos para:

  • Publicación.
  • Reproducción.
  • Edición.
  • Distribución.
  • Fijación material de una obra en copias o ejemplares efectuada por cualquier medio.
  • Comunicación pública y transmisión o radiodifusión.

Por ejemplo, en el momento que decidas llevar tu obra musical a un estudio de grabación o disquera, ya que deseas que se le aplique una edición y además sea comercializada, tendrás que celebrar un contrato de edición de obra musical. Estos contratos consisten en ceder el derecho de reproducción a este estudio o disquera. Faculta al estudio a realizar la fijación y reproducción de la obra, su sincronización audiovisual, comunicación pública, traducción, arreglo o adaptación… cualquier otra forma de explotación prevista en el contrato. El editor se obliga, por su parte, a divulgar la obra por todos los medios a su alcance, recibiendo como contraprestación una participación en los beneficios económicos que se obtengan por la explotación de la obra, según los términos pactados.

Un requisito indispensable a cumplir en México, es la inscripción de este tipo de contratos en el Instituto Nacional del Derecho de Autor, para que estos instrumentos surtan efectos jurídicos ante terceros.

La celebración de contratos siempre te ayudarán a mantener en orden la recaudación de remuneraciones, regalías y la distribución de ganancias de tus obras musicales.

Si deseas aún más información o una asesoría legal sobre estos temas acércate con la mayor confianza a nosotros en SafeCreative.

Referencias: INDAUTOR, SACM

Axel Omar Olea
Axel Omar Olea
Abogado experto en propiedad intelectual, colaborador en TIPS y especializado en legislación de México.

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