Si tengo un canal de YouTube por ejemplo con entrenos físicos ¿se pueden registrar estos vídeos como derechos de autor? Que sepas que ésta y muchas más preguntas relacionadas con Youtube y la creación de contenido se resuelven en este episodio.
La respuesta de Daniel Correa:
«La realidad es que, por más que dudemos sobre si el contenido del vídeo aúna o no las características necesarias para ser considerado obra protegida, la originalidad está muchas veces delante de nuestras narices. Me explico: Puede que este tipo de vídeos no sean creativos desde el punto de vista del contenido, pues una persona haciendo deporte no forma parte de lo que entendemos por arte o cultura. Pero quizá la originalidad esté en otros aspectos, como por ejemplo la selección de imágenes, el montaje, el titulo o la edición. Por tanto, por lo general, y salvo que un juez diga lo contrario, los videos que conllevan a su creador un mínimo trabajo deberían considerarse, a priori, obras protegidas, al menos en parte de sus contenidos.»
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Producción y locución: Iván Patxi Gómez Gallego