Cualquier obra escrita, fotográfica, pictórica o composición musical original, que es fruto del trabajo intelectual de un autor, está protegida por derechos de autor desde el momento de su creación.
Pero, ¿qué sucede cuando esas obras aún no han sido publicadas? Si guardas en un cajón una novela o las partituras de esa pieza que esperas estrenar algún día, no debes preocuparte. La Ley de Propiedad Intelectual también las protege por el simple hecho de haberlas creado, incluso aunque no hayas cumplido con la formalidad de haberlas registrado. Dicho esto, siempre es recomendable tomar algunas precauciones que en caso de conflicto permitan demostrar la titularidad de tu obra e, importante, el momento de su creación.
Nuestro consejo es que siempre firmes tus creaciones. Como habrás observado, la mayoría de los autores estampan su firma en los libros, en sus cuadros… No les mueve el ego: la Ley de Propiedad Intelectual da hecho que la autoría de una obra le corresponde a quien aparece en ella como autor.
También es aconsejable acompañar el nombre del titular de los derechos del reconocido símbolo del copyright. De esta forma estás indicando a quien quiera divulgar la obra que eres su propietario y necesita tu consentimiento.
Pero sin duda lo más importante es registrarla: como se advierte en la plataforma de registro en línea de derechos de autor Safe Creative, resulta altamente recomendable registrar la obra antes de su distribución para establecer una prueba sólida de autoría. Y, a poder ser, que esta evidencia tenga reconocimiento internacional y no caduque.